Me han
preguntado si soy partidaria de las relaciones afectivas en las empresas o si,
como en las "pelis americanas", habría que prohibirlas.
Foto Pixabay |
Pero abramos más el concepto de relaciones afectivas: consideremos que cada vez que dos o
más personas interactúan entre sí, se crea entre ellas una relación
basada en sentimientos (positivos o negativos): al dar los
buenos días en el ascensor o saludar a alguien a quien te cruzas todos los días
en el camino a casa,.....; incluso
con un simple cruce de miradas: ¿a qué a tod@s nos pasa que al mirar
a una persona que no conocemos "decidimos" si nos
cae bien o mal?.
Nos
podemos sentir identificad@s o vinculad@s a casi primera vista con
una persona si entendemos que ésta comparte nuestras ideas, aficiones,
problemas,..... o si pensamos que nos puede aportar algo que queremos. Y podemos detestarla de entrada si
la consideramos una amenaza a nuestros intereses.
Nuestras
filias y fobias son un símbolo de identidad propia (dicen cómo somos); y son también una
forma de "sentirnos parte de" (un club de fútbol, una hermandad, un grupo
de música,.....). Y en el ámbito laboral, lo mismo o más, dado que le dedicamos
muchas horas y durante las mismas vivimos muchas situaciones de diversa
intensidad y calidad.
¿Qué podemos
hacer con estas relaciones que se crean en el ámbito laboral?. Lo primero que hay que señalar es que estas
relaciones se crean, normalmente, de forma espontánea, no provocada, lo
que dificulta mucho cualquier posible intervención sobre ellas.
No
obstante, sí que pueden
y deben ser objeto de seguimiento desde el Departamento de Gestión de Personas,
cuando afectan al desarrollo del trabajo, al clima
en la empresa y/o a terceros ajenos a la organización.
Varios
ejemplos en los que considero necesario el seguimiento son:
a) Cuando la enemistad entre
personas de un mismo Departamento es percibida por los clientes: esas personas representan a la empresa, son
su imagen al exterior. ¿Quién confía en quienes no confían en su
propia gente?. ¿Qué seguridad ofrecemos a nuestr@s clientes cuando nuestra casa
no está ordenada? .
b)
Cuando
la amistad es insana. Seguro que
conocéis a personas "tóxicas",
capaces de ejercer una influencia desmedida sobre otras, llegando casi
hasta anularlas. En estos casos, "la víctima" puede llegar a no medir las consecuencias de
una lealtad excesiva y supeditar su carrera a la necesidad de mantener el
contacto con su verdugo.
c)
Cuando la amistad/enemistad es "sana", porque crea competitividad, porque
estimula a otr@s a estar a tu altura, porque nos hace aprender y aceptar la
diversidad, .....
d)
Cuando la amistad/enemistad implica discriminación y/o exclusión. Al margen de posibles conductas
ilícitas, estas situaciones son, en mi opinión, una bomba de relojería dentro
de cualquier grupo.
Ahora
bien, en estos y en otros ejemplos que pudiéramos citar, hemos de tener muy claras dos límites:
-
EL
SEGUIMIENTO NO PUEDE SUPONER IMPOSICIÓN NI PROHIBICIÓN. Salvo casos muy excepcionales, jamás debemos pretenderlo. Hay que explicar a las personas implicadas
qué estamos viendo y qué consecuencias se están derivando de esas
situaciones; hablar claro y tener más
claro aún las necesidades a salvaguardar;
-
EL
SEGUIMIENTO DEBE LIMITARSE AL ÁMBITO ESTRICTAMENTE LABORAL. Incluso
dentro de la empresa, el seguimiento se limitará
a los objetivos profesionales a proteger (todo ello, de nuevo, con las
excepciones legales que procedan). Pero
nuestra legitimación para actuar no puede ir más allá. Como decía
aquél, lo que pasa en Las Vegas, se queda en Las Vegas.