Declarada la nulidad/ilegalidad
de las llamadas "cláusulas suelo",
las personas afectadas por esa ilegalidad/nulidad dan el paso siguiente, y piden amparo al Tribunal de Justicia de la Unión Europea para que
se les devuelva la totalidad del dinero que los bancos le han cobrado indebida
e ilegalmente.
Pero,
sorprendentemente, el Abogado General de dicho Tribunal ha presentado un informe
al respecto (una propuesta de solución jurídica al asunto), donde señala que, aunque existe un cobro
ilegal, es
posible limitar el derecho de l@s afectad@s a
la devolución teniendo en cuenta "las repercusiones
macroeconómicas asociadas a la amplitud con que se utilizaron las cláusulas
suelo,...." sin que ello "rompa el equilibrio de la relación existente entre el
consumidor y el profesional". Y añade que la prohibición de volver a usar las cláusulas
suelos es ya, de por sí, una sanción con efecto disuasorio para los bancos.
Para quien quiera consultar el
texto de la nota de prensa emitida por el propio Tribunal de Justicia Europeo, os
dejo el enlace a la publicación de la noticia en la web de la Cadena Ser
Debo reconocer que no sé si lo que yo estudié está ahora
desfasado o es que soy una ilusa; pero
juro que en mis libros de la carrera ponía que lo que era ilegal, lo era cualquiera
que fuera su coste.
Así
que yo pregunto: si finalmente el Tribunal acepta esta propuesta y dicta
Sentencia señalando que l@s afectad@s
por las cláusulas suelo sólo tienen derecho a la devolución parcial de lo que se les ha cobrado ilegalmente,
*¿de
verdad se cree que prohibir a los bancos volver a usar las cláusulas suelo es una "medida disuasoria" de tal calado que ya van a portarse bien siempre?;
*
¿no le estaremos diciendo a los bancos que tienen tal poder que pueden saltarse
la ley a cambio de una pequeña sanción?.
¿no estamos diciendo que la legalidad depende de lo que nos cueste y de quien tenga que pagar su coste?.
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